Reglamentación de la Sociedad por Acciones Simplificada

A través de la Resolución General 6/2017 la Inspección General de Justicia (IGJ) aprobó la reglamentación relativa al nuevo tipo societario, creado para promover la actividad emprendedora. Todos los trámites se realizarán de manera simple, ágil y electrónica, a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Las sociedades podrán inscribirse en el Registro Público a partir del 1/9. La nueva normativa, dictada en el marco de la Ley N° 27.349 de apoyo al capital emprendedor, fue publicada el 27 de julio pasado en el Boletín Oficial. Las inscripciones serán tramitadas de manera totalmente electrónica. Los interesados deberán iniciar los trámites a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD) y, una vez realizada la inscripción, recibirán la constancia en su casilla de usuario TAD. Entre los beneficios que presenta la conformación de este nuevo tipo de sociedad, está la posibilidad de inscribirla en un plazo de 24 horas, cuando se adopte el instrumento constitutivo modelo. Además, podrá ser conformada por un solo socio y tendrá los libros obligatorios digitales.

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